En los primeros minutos de hoy 12 de enero de 2021 fue publicado el Reglamento para la producción, investigación y uso medicinal de la cannabis y sus derivados farmacológicos. Este reglamento regula los usos medicinales de la cannabis y de investigación.
La publicación de este reglamento, esperada desde 2017, es importante porque establece las reglas para la investigación y desarrollo de fármacos a base de la cannabis, así como criterios en el cultivo, la producción y comercialización de los mismos en México.
En los últimos años se ha desarrollado un mercado regulado de la cannabis con fines medicinales en al menos 59 países en todo el mundo, generando evidencia importante acerca de los múltiples beneficios a la salud de la planta y de sus componentes. En Israel, por ejemplo, médicos prescriben flor de cannabis y los pacientes la fuman o inhalan por medio de vaporizadores. En Alemania, uno de los principales países importadores, se han desarrollado y comercializado productos medicinales a base de cannabis con los más altos estándares de calidad y seguridad para la población de ese país.
A nivel internacional, la regulación de cannabis medicinal en México es observada con atención debido a que nuestro país es uno de los principales productores de cannabis en el mundo y tiene las condiciones para liderar en el tema gracias al tamaño de su economía, su industria agrícola y de manufactura, así como las necesidades de la población mexicana, una con mucho dolor crónico, cáncer, Parkinson, diabetes y trastornos emocionales.
Aún así, este reglamento es sólo el primer paso. Al estar centrado en la investigación y desarrollo de fármacos, es muy posible que la implementación del mismo enfrente algunos retos:
1. La clasificación restrictiva del THC, componente de la cannabis con el mayor potencial terapéutico, impone barreras significativas en la investigación y el desarrollo de productos medicinales.
2. Los permisos de siembra serán otorgados “para la fabricación de derivados farmacológicos y medicamentos, así como para su uso en la investigación”, imponiendo barreras de entrada y restringiendo las posibilidades de siembra a pocas organizaciones.
3. Así como en el cultivo, los usos autorizados de investigación, producción y comercialización están enfocados en medicamentos.
4. La importación y exportación son actividades permitidas, pero éstas imponen barreras de entrada significativas para productores nacionales existentes.
5. Exige recetarios especiales de prescripción de medicamentos de cannabis, además de libros de control, registros de pacientes y mecanismos de trazabilidad.
6. Prohibe explícitamente los remedios herbolarios, afectando de manera desproporcionada a miles de personas en todo México que utilizan la cannabis día a día como parte de nuestras medicinas tradicionales.
7. Restringe el desarrollo de fármacos a través de ensayos clínicos, una de las principales barreras de entrada a nivel internacional para el desarrollo de productos medicinales a base de cannabis (Cannabis Based Medicinal Products, CBMPs).
En definitiva es una buena noticia para el país ya que la publicación de este reglamento es una tarea pendiente desde la administración del Presidente Peña Nieto y que podrá comenzar a encaminar el desarrollo de políticas más congruentes con la realidad del país y con la necesidad de nuevas alternativas para reducir el dolor y mejorar la calidad de vida de millones de pacientes de enfermedades crónicas en México.
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José Lugardo. Asesor, conferencista, empresario y fundador de Sativa Care.
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